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MONITOR DE ESTADOS DE EE. UU.

Connecticut CT

▶Parcial  ·  Regulador principal: Departamento de Banca de Connecticut  ·  Revisado el 24 de septiembre de 2026

El contramodelo: sin tenencias cripto estatales y con normas de transmisión más estrictas.


Connecticut legisló en sentido contrario a la tendencia de las reservas. La HB 7082, firmada a mediados de 2025 y en vigor desde el 1 de octubre de 2025, prohíbe al gobierno estatal y a los gobiernos locales aceptar, mantener o invertir en moneda virtual y crear una reserva cripto, la primera prohibición estatal categórica de este tipo, y al mismo tiempo endurece la cobertura que la normativa vigente de transmisión de dinero da a los criptoactivos: mayor divulgación de información para los clientes de moneda virtual, requisitos de consentimiento parental para menores y nuevas obligaciones y límites de transacción para los cajeros cripto, orientados a las modalidades de fraude contra personas mayores. Desde hace años, las empresas cripto necesitan licencias de transmisor de dinero de Connecticut según la interpretación del Departamento de Banca; la ley de 2025 incorpora a la legislación la capa de protección al consumidor.

Los instrumentos

HB 7082: prohibición de criptoactivos para el estado y reformas sobre transmisión de dinero

En vigorLey Pública 25-66, vigente desde el 1 de octubre de 2025

Prohíbe que el estado y los municipios acepten, mantengan o inviertan en moneda virtual; añade obligaciones de divulgación, de entrega de comprobantes y de reembolso para los transmisores de dinero que operan con moneda virtual; e impone, en los cajeros cripto, límites de transacción y advertencias dirigidos a combatir el fraude contra clientes de edad avanzada.

Exposición a sanciones. Se hace cumplir mediante las facultades del Departamento de Banca sobre los transmisores de dinero; la transmisión sin licencia sigue siendo un delito.